Fuente: Expansión
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha fijado en 38,7 millones de euros los costes de reposición por el “cero eléctrico” del 28 abril de 2025y los repartirá en la factura durante un año. En una resolución publicada ayer en el BOE, el regulador establece los criterios para la liquidación por el operador del sistema eléctrico de los días 28 y 29 de abril de 2025, tras la suspensión de las actividades de mercado por el apagón del sistema eléctrico peninsular ocurrido a las 12.33 horas de ese día.
De esta cifra global, 33,1 millones de euros corresponden al coste directo de la generación que participó de forma activa en la reconstrucción del sistema -principalmente ciclos combinados de gas y centrales hidráulicas-, mientras que otros 5,6 millones de euros se destinan a financiar los intercambios internacionales de apoyo eléctrico prestados desde la frontera con Francia que no quedaron cubiertos.
Asimismo, con el fin de evitar un “sobrecoste puntual” e impactos desproporcionados sobre los consumidores en un único período, la CNMC ha rechazado cargar la factura de la reposición sobre la demanda registrada exclusivamente durante las horas del apagón. En su lugar, ha acordado distribuir el pago entre la demanda futura de comercializadores y consumidores directos de forma proporcional a su consumo a lo largo de un periodo de 12 meses.
Además, descontando los 9,1 millones de euros que ya fueron liquidados a las instalaciones generadoras, el organismo subraya que el importe pendiente de liquidación asciende a 29,6 millones.
Estimando una demanda peninsular anual en el entorno de los 241.595 gigavatios hora (GWh), la CNMC calcula que la repercusión unitaria que deberán asumir los consumidores en la factura eléctrica durante el próximo año será de 0,12 euros por megavatio hora (euro/MWh).
Presupuestos
Por otra parte, en el trámite de audiencia previa, que contó con alegaciones de hasta 16 entidades, la mayoría de los agentes solicitó que este coste fuese asumido por los Presupuestos Generales, ya que el origen de la interrupción fue ajeno a la responsabilidad de los consumidores. Pero la CNMC alegó que carece de competencias legales para canalizar la financiación vía PGE o modificar el real decreto de cargos, por lo que la elegida es la única alternativa viable en sus competencias.
Asimismo, frente a las críticas de algunas asociaciones de consumidores que tachaban la medida de “práctica abusiva”, el regulador enfatizó que no se trata de trasladar indemnizaciones por daños, sino de pagar la energía efectivamente producida y consumida para devolver la electricidad durante una situación de emergencia.
