Fuente: El Economista
La Comisión Nacional de Mercados y Competencia acaba de abrir un expediente sancionador a Repsol por ofrecer descuentos adicionales a sus clientes. Para el organismo que presi Cani Fernández, esta práctica que la petrolera ha llevado a cabo a través de las compañías Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S. A., Repsol Directo, S. A., Repsol Customer Centric, S. L., Solred, S. A., Campsa Estaciones de Servicio, S. A. (Campsared) y Repsol, S. A., puede suponer un posible abuso de posición de dominio en el mercado de la distribución de combustible.
Repsol es un grupo que está presente en toda la cadena de valor del proceso de producción y comercialización de combustibles para la automoción. Para el organismo supervisor, la petrolera habría aprovechado su posición de dominio en el mercado mayorista de hidrocarburos en España para ofrecer descuentos adicionales en combustibles a los usuarios de sus estaciones de servicio a través de aplicaciones o de tarjetas de fidelización y pago.
Y, por otro, la compañía habría incrementado el precio que terceros competidores —estaciones de servicio independientes— pagan por adquirir dicho combustible en el mercado mayorista.
Dada la posición de Repsol en el mercado mayorista, las conductas habrían supuesto una estrategia destinada a excluir a terceros competidores —estaciones de servicio independientes—. Además, habrían tenido la capacidad de erosionar los márgenes comerciales de dichos competidores y limitar la competencia en la distribución minorista.
Para la CNMC estas prácticas de la petrolera podrían constituir una posible vulneración del artículo 2 de la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Denuncias previas
La investigación se inició a raíz las denuncias presentadas por la Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas (AESAE) y la Asociación de Comercializadores Independientes de Hidrocarburos.
Ante la sospecha de existencia de posibles prácticas anticompetitivas, la CNMC abrió una información reservada (artículo 49.2 de la LDC) y llevó a cabo una inspección domiciliaria en la sede de Repsol en diciembre del año pasado.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para su instrucción y resolución pero recuerda que las prácticas anticompetitivas y los abusos de posición de dominio constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.
La serie de descuentos que lanzó Repsol al mercado abrió una batalla por el precio entre las principales compañías petrolíferas cuyo último exponente se vió esta pasada semana con el lanzamiento por parte de BP de una nueva aplicación para fidelizar a sus clientes. Previamente, Cepsa había puesto en l mercado también Cepsa Gow con el mismo fin e incluso se encuentra en pleno proceso de compra de la red de estaciones de servicio ‘low cost’ de Ballenoil.