Fuente: El Confidencial
La Audiencia Nacional ha absuelto a Iberdrola Generación España y a cuatro de sus directivos al descartar que cometieran un delito contra el mercado y los consumidores a finales de 2013. La Fiscalía Anticorrupción los acusaba de haber manipulado el precio de la luz a través de sus centrales hidráulicas para que la compañía se embolsara más de 21 millones de euros, pero, en una sentencia notificada este miércoles, el magistrado José Manuel Fernández Prieto considera probado que Iberdrola puso en el mercado toda la energía hidroeléctrica de la que disponía en aquel momento y rechaza que esta clase de incrementos sean perseguibles por la vía penal.
“Resulta francamente harto complicado apreciar la existencia de un delito por la realización de algo que no estaba prohibido y, por tanto, se encontraba legalmente permitido”, advierte la sentencia. “No puede obviarse que la energía hidroeléctrica es y era al tiempo de los hechos enjuiciados de libre mercado“.
La Fiscalía acusaba a Iberdrola de haber inflado el precio de la electricidad generada por sus centrales hidráulicas de Duero, Sil y Tajo entre el 30 de noviembre y el 23 de diciembre de 2013. Según denunciaba, esto provocó que otras fuentes de producción más caras, como los ciclos combinados, tuvieran que conectarse a la red, disparándose el precio de la luz hasta un 126%. Anticorrupción pedía que la compañía fuera condenada a una multa de 84,9 millones de euros y sus cuatro directivos a dos años de cárcel.
El pasado octubre, durante la celebración del juicio, todos ellos negaron haber cometido irregularidad alguna y defendieron que la oferta “prácticamente” se establece a través de “una máquina”, limitando la intervención humana a “hacer estimaciones”. “Es el mercado el que puede hacer que el precio suba”, se defendió el exdirector de Gestión de la Energía de Iberdrola Generación, Ángel Chiarri. “Es una oferta libre”. El directivo aseguró que todos los indicadores eran negativos durante la etapa investigada: “La máquina nota que la demanda ha subido, que hay poca energía barata y va a hacer falta cara“.
El fiscal trató de desmontar este razonamiento apuntado a que no todas las compañías habían analizado la situación de la misma manera durante aquella época, pero la Audiencia rechaza este razonamiento en su sentencia: “Otras compañías energéticas también ofertaron en esas fechas la energía hidroeléctrica por encima de los 80 euros megavatio/hora”. “Sin embargo, a estas otras compañías no se considera que hayan cometido el delito, cuando el único dato objetivo es el mismo“.
Si la persecución de una u otra compañía depende de “meras estimaciones subjetivas de los peritos”, el magistrado sostiene que la acusación carece de recorrido: “La incertidumbre que con ella se genera en torno a qué conducta pueda constituir o no delito, es insubsanable, al hacerla depender del juicio de valor a realizar a posteriori por un técnico determinado y a través de un método desconocido por los acusados al tiempo de la comisión de los hechos”.
La Audiencia Nacional tampoco considera acreditado que Iberdrola subiera el precio de la luz como represalia contra el Gobierno, que había retirado de los presupuestos del Estado de 2014 una partida de 3.600 millones de euros a la que se había comprometido para paliar el déficit eléctrico. Según la sentencia, ni el testimonio del entonces ministro de Industria, José Manuel Soria, ni el del ex secretario de Estado, Alberto Nadal, han probado esa teoría: “Dejan patente que existieron tensiones por dicho hecho, pero que no fueron mayores que otras que habitualmente mantenían con las energéticas”.
La sentencia ahora puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Además de la Fiscalía Anticorrupción, la asociación de consumidores Facua y las comercializadoras Geoatlanter y Expo también están personadas como acusaciones en la causa.