Fuente: El Economista
En las últimas semanas han circulado por diferentes medios informaciones erróneas a raíz de la publicación de la Directiva refundida de Eficiencia Energética (UE). “Dicha directiva no determina, en ningún caso, un escenario de prohibición de las calderas de gas y la obligatoriedad de la sustitución de éstas por bombas de calor”, desmiente con rotundidad Sedigas.
La directiva (publicada el 20 de septiembre en el Diario Oficial de la Unión Europea y que establece un plazo de dos años para su transposición) “solo indica que a partir del 1 de enero de 2026 no se permitirán nuevas medidas de eficiencia energética que contemplen el uso directo de combustibles fósiles, ni subsidios para su uso en edificios residenciales”, recuerda la patronal gasista. Dicho de otro modo, limita cualquier tipo de subvención o ayuda directa en el ámbito de la eficiencia energética para la adquisición o renovación de calderas, pero no a su instalación.
Desde Sedigas aseguran que eventual prohibición de las calderas de gas (incluidas las de condensación de alta eficiencia, preparadas para funcionar con energía renovable) “tendría un efecto adverso en la transición energética dadas las dificultades de algunos hogares para acceder a otras opciones de calefacción renovable debido a limitaciones financieras y técnicas“.
En consecuencia, podrían verse animados a seguir utilizando aparatos que funcionan con combustibles intensivos en carbono (por ejemplo, carbón, fuel o fuel-oil) el mayor tiempo posible. “Fiarlo todo a las bombas de calor va en contra de la idea de una transición justa, al resultar económicamente poco realista para muchas familias”, advierte.
Según datos del Informe “Demanda de calor en los hogares: una transición energética eficiente”, elaborado por Arthur D. Little para la Fundación Naturgy, el cambio completo de instalación por bomba puede alcanzar el 50% de la renta media anual de un hogar español, calculada en base a los datos disponibles de la Agencia Tributaria.