Fuente: El Economista
El Ministerio de Transición Ecológica espera tener aprobado antes de acabar el año los mecanismos de pagos de capacidad para el sector eléctrico. La medida, una pieza clave tanto para el desarrollo del almacenamiento como para la supervivencia de las centrales de gas natural, se espera que pueda contar con el visto bueno europeo en las próximas semanas.
Por el momento, el Gobierno estaba pendiente de la aprobación de Competencia -el área que encabezará Ribera próximamente- para poder avanzar en este mecanismo que quiere tener listo para enero cuando se podrán convocar las subastas previstas.
Para ello, antes de acabar el año, Transición Ecológica llevará a cabo un proceso de consulta pública sobre la propuesta definitiva, tal y como le ha solicitado Bruselas.
Desde que en 2021, el Ministerio presentara un borrador de orden sobre la creación de este mercado, el Ejecutivo no había avanzado en esta línea que será clave para evitar el cierre de unas plantas de gas que estaban previstas para funcionar del orden de 5.500 horas y que en estos momentos apenas producen 1.500 horas, pero son básicas para garantizar el suministro.
Entso-e, los gestores de redes europeos, de hecho, alertaron que España podría tener problemas de suministro si, finalmente, se cerraban los cerca de 10.000 MW de centrales de gas que tenían pedido su cierre al Gobierno por falta de rentabilidad. De hecho, los tribunales incluso han dado la razón a las eléctricas en este asunto abriendo la puerta al cierre de estas plantas.
Según explicaba el Gobierno en la primera consulta pública sobre este mecanismo, los pagos por capacidad se sitúan como la herramienta regulatoria idónea para lograr dicha seguridad de suministro en el corto, medio y largo plazo, incentivando el despliegue de tecnologías que aporten firmeza y flexibilidad al sistema como el almacenamiento o la respuesta de la demanda.
La aprobación de este mecanismo requiere a la vez el cumplimiento previo de una serie de requisitos previstos en la normativa europea que se han ido ya consiguiendo. Así, además de la ordinaria tramitación de ámbito interno, que dio comienzo con la Orden Ministerial de 2021, se le suma ahora la necesidad de establecer otros requisitos previos como los valores de la denominada carga perdida y el estándar de fiabilidad.
El estándar de fiabilidad se encuentra regulado en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2019/943, de 5 de junio de 2019, y se configura como un parámetro que deberá indicar “de forma transparente el nivel necesario de seguridad del suministro del Estado miembro”. Dicho estándar se calculará usando al menos el valor de carga perdida y el coste de la entrada de nuevas empresas durante un horizonte temporal determinado.
Por su parte, el artículo 2 del Reglamento (UE) 2019/943, de 5 de junio de 2019, define el valor de carga perdida como la estimación en euros por MWh del precio máximo de la electricidad que los clientes están dispuestos a pagar para evitar una interrupción.
El artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/943, de 5 de junio de 2019, establece que cuando se precise fijar un estándar de fiabilidad de conformidad con el artículo 25, la autoridad competente determinará una estimación única del valor de carga perdida para su territorio. Dicha estimación deberá ponerse a disposición del público.
La metodología para aprobar todos los parámetros anteriores se encuentra regulada por la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía, por la que se establece la metodología para el cálculo del valor de carga perdida, el coste de nueva entrada y el estándar de fiabilidad.
En definitiva, la determinación y publicación de los parámetros anteriores resulta imprescindible para cumplir con las exigencias normativas de ámbito europeo que son requisito previo para el despliegue e implementación de un mercado de capacidad en el sistema eléctrico peninsular y que serán la clave para la puesta en marcha de este sistema.